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viernes, 22 de julio de 2022

Confrontación por el Grado Universitario de los Técnicos Superiores Sanitarios

Confrontación por el Grado Universitario de los Técnicos Superiores Sanitarios


Alianza enfermera para que FP sanitarios no suban a grados

21-07-2022. Diario Sanitario.

  • Unidad Enfermera, alianza que reúne y representa todos los ámbitos de la profesión, ha trasladado a los ministerios y consejerías autonómicas de Sanidad, Educación y Universidades su rechazo a la transformación de los actuales estudios de Formación Profesional (FP) de técnicos sanitarios, como Laboratorio, Radiodiagnóstico o Radioterapia, a grados universitarios.


Las enfermeras rechazan que los estudios de FP sanitarios se transformen en títulos de grado universitario.

  • Para Unidad Enfermera la propuesta de diferentes grupos de titulaciones de Formación Profesional sanitaria supone “una invasión de competencias”

21-07-2022. La Razón.

 

Respuesta de las Agrupaciones de Técnicos Superiores Sanitarios (TSS)

 

Comisión por el Grado “COMUNICADO OFICIAL”

  • Ante el comunicado de Unidad Enfermera publicado hoy en varios medios de comunicación, desde las Comisiones por el Grado Universitario queremos manifestar lo siguiente:

21-07-2022. Comisión por el Grado.

 

Choque entre enfermeros y técnicos a colación de la transformación de FP sanitarios a grados

  • Las comisiones por el grado universitario responden al rechazo de la alianza Unidad Enfermera.

22-07-2022. Granada Digital.


Los técnicos superiores sanitarios insisten en transformar su formación a grado

  • Los técnicos superiores sanitarios (TSS) han insistido en la necesidad de la transformación a grado universitario de sus titulaciones (Laboratorio, Radiodiagnóstico, Radioterapia, etc.).

22-07-2022. ConSalud.


Respuesta del Síndicato de Técncios de Enfermería (SAE)


Comunicado de la Plataforma Nacional de Técnicos de Enfermería

22-07-2022. NoticiasSalamanca.


Los profesionales técnicos sanitarios tienen el mismo derecho a progresar profesionalmente que los enfermeros

22-07-2022. Murcia.com.

viernes, 24 de junio de 2016

Los enfermeros recurren el fallo que da la razón a los técnicos de rayos

Los enfermeros recurren el fallo que da la razón a los técnicos de rayos
  • Niegan en su apelación que siete profesionales del Reina Sofía estén realizando tareas propias de otras categorías, como señala la sentencia.

23-06-2016. La Verdad.

El Colegio de Enfermería de la Región ha recurrido una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 8 de Murcia que insta al Reina Sofía a desalojar de sus puestos, en el plazo de un mes, a siete enfermeros por estar realizando tareas propias de los técnicos de radiodiagnóstico. Como adelantó 'La Verdad', el fallo concluye que el Servicio Murciano de Salud (SMS) «incumple el mandato 'ex lege' de garantizar en todo momento» que las distintas funciones en el servicio de Radiodiagnóstico «sean desarrolladas por el personal que legalmente ostenta competencia para ello».

En su recurso, el Colegio niega que los enfermeros afectados estén realizando funciones de técnicos especialistas de radiodiagnóstico. «No es cierto y desde luego en este proceso no se ha probado», sostiene la institución colegial. Además, lamenta la «visión extensiva y excluyente de las funciones de los técnicos especialistas, que no olvidemos son titulados de formación profesional, con labores meramente complementarias del personal facultativo y de Enfermería, como establece la Ley de Ordenación de las profesionales sanitarias». El Colegio recuerda que en el servicio de Radiodiganóstico «es precisa la presencia de enfermeras para una pluralidad de intervenciones cuya realización es competencia exclusiva» de éstas, tales como «poner vías, realizar contrastes, control de constantes vitales, administrar medicamentos, sedación de pacientes, etc». El Colegio considera que los técnicos «pretenden ampliar por la vía jurisdiccional, fuera de sus justos términos, los estrechos límites competenciales» de su profesión, «llegando a pretender atribuirse labores asistenciales y de cuidados para los que no solo carecen de competencia profesional, sino también de preparación y conocimientos suficientes».

Noticia completa publicada en La Verdad.

Información relacionada.

Consejo Interterritorial - Sistema Nacional de Salud: Acuerdo nº 245, Pleno 03-04-1995, Acta nº 37.
  • Se acuerda aprobar los criterios relativos a la cualificación del personal técnico de los servicios y unidades de radiodiagnóstico, medicina nuclear y radioterapia, que colabore en la utilización de radiaciones ionizantes, contenidos en la propuesta presentada por la Comisión de Formación y Ordenación de las Profesiones Sanitarias, que se detalla a continuación a: 
LOPS: Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias.
  • Artículo 8.
  • El ejercicio profesional en las organizaciones sanitarias se regirá por las normas reguladoras del vínculo entre los profesionales y tales organizaciones, así como por los preceptos de ésta y de las demás normas legales que resulten de aplicación.
  • El vínculo es el contrato de trabajo de la Empresa con el trabajador, el cual ejercerá las funciones y competencias por las que está contratado (por tanto un contrato sólo puedes ejercer la profesión de una sola titulación).
  • Artículo 3. Punto 4.
  • Los TSS ejercerán su actividad profesional sanitaria de acuerdo con las normas reguladoras de la formación profesional y de su contrate titulación, en el marco del respecto a la competencia profesional.
  • Todo TSIDyMN que esté formado y capacitado también tiene la habilitación para ejercer dicha profesión (en el marco del respecto a la competencia profesional). 


RD 770/2014: Establece el título de Técnico Superior en Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear y se fijan sus enseñanzas mínimas.
  • En referencia a la noticia de La Verdad.
  • (RD 770/2014. 7. Aplica técnicas de administración de contrastes y radiofármacos, relacionándolas con la vía de administración según protocolo de la unidad. h) Se ha realizado la técnica de administración de contraste). 
  • Nuestra formación y capacitación se encuentra en el Título: RD 770/2014, todo lo que se encuentra en el título es competencia nuestra (como dice el artículo 3, punto 4 de la LOPS).
Esta situación es la Historia Interminable, mira que son cansinos.

sábado, 10 de octubre de 2015

FESITESS Madrid afirma que basta ya de acosar y hostigar a los TSID

FESITESS Madrid afirma que basta ya de acosar y hostigar a los TSID

09-10-2015. Acta Sanitaria.

Tras la petición por escrito a la Consejería de Sanidad realizada por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), y la difusión en su web y en prensa sanitaria, en la que han solicitado la exclusión de los Técnicos Superiores en Imagen para el Diagnóstico (TSID) de los procedimientos de administración de contrastes en la Unidad Central de Radiodiagnóstico (UCR) y su sustitución por otros profesionales, la Federación de Sindicatos de Técnicos Superiores Sanitarios (FESITESS) de Madrid pidió una reunión urgente el pasado viernes, 2 de octubre, con el director General de Recursos Humanos y la subdirectora de Relaciones Laborales de la Dirección General.

En dicha reunión la Federación argumentó y entregó la documentación que demuestra la capacitación de los TSID en Administración de Contrastes, e informó a los responsables de la Consejería que “no vamos a tolerar, ni como organización ni como colectivo, que el desconocimiento de unos indocumentados y las acciones que promueven se sitúen por encima de la legislación, con la pretensión añadida de reorganizar los Servicios de Radiodiagnóstico”. “Basta ya de acosar y hostigar a unos profesionales que llevan años demostrando su capacitación y aptitud, acorde a la ley, en el desempeño de sus funciones”, señaló FESITESS. Los Técnicos de la UCR llevan ocho años administrando contrastes “sin ningún problema derivado de su ejercicio profesional y realizando un trabajo, junto al resto de profesionales de la UCR, que los ha situado a la cabeza de los Servicios de Imagen para el Diagnóstico del Sistema Nacional de Salud”, afirmando que “lo único que necesitan es que se les deje trabajar en paz y se les proporcionen los recursos necesarios”, según la Federación.


Noticia completa en Acta Sanitaria.

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  • Comunicado FESITESS Madrid: Administración de Contrastes y TSID.
  • 07-10-2015. FESITESS Madrid.
  • CSIF demanda enfermeras en a Unidad Central de Radiodiagnóstico.
  • 01-10-2015. Redacción Médica.

El colectivo de TSID no descarta llevar ante el juez a Enfermería

El colectivo de TSID no descarta llevar ante el juez a Enfermería

10-10-2015. La Opinión de Murcia.

El colectivo de Técnicos Superior de Radiología del Hospital Reina Sofía considera «desafortunadas» las declaraciones del Colegio Oficial de Enfermería sobre los conflictos laborales entre Técnicos de Grado Superior y Enfermería (ver LA OPINIÓN del 8 de octubre). Y no descarta llevar al colectivo a los tribunales «si no se retracta públicamente de sus acusaciones de acoso».

En un comunicado, los técnicos manifiestan que Enfermería «encasilla el conflicto en un tema de relaciones personales, de insultos e incluso acoso» y que ellos siempre han defendido «la multidisciplinaridad de los servicios sanitarios» y que «las plantillas estén correctamente dimensionadas en función de las competencias profesionales de cada colectivo».

Añaden que «el conflicto de Técnicos Superiores y Enfermería es un conflicto laboral, de competencias profesionales, siendo el SMS el que debe dimensionar correctamente sus plantillas».

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  • En respuesta a las declaraciones del Colegio Oficial de Enfermería sobre los conflictos laborales entre TSID y Enfermería.
  • 09-10-2015. Región Murcia.
  • Comunicado AETR: Acoso de los TER en el Hospital Virgen del Castillo de Yecla (Murcia).
  • 07-10-2015. AETR

En respuesta a las declaraciones del Colegio Oficial de Enfermería sobre los conflictos laborales entre Técnicos de Grado Superior y Enfermería.

En respuesta a las declaraciones del Colegio Oficial de Enfermería sobre los conflictos laborales entre Técnicos de Grado Superior y Enfermería.

09-10-2015. Región Murcia.

El colectivo de Técnicos Superior de Radiología del Hospital Reina Sofía considera desafortunadas las declaraciones, que encasillan el conflicto en un tema de relaciones personales

El colectivo de Técnicos Superior de Radiología del Hospital Reina Sofía como parte implicada en alguno de los conflictos, siempre ha defendido la multidisciplinaridad de los servicios sanitarios. Concretamente los servicios de radiología y laboratorio agrupan a un variado conjunto de profesionales como pueden ser facultativos, enfermería, auxiliares sanitarios y técnicos superiores, entre otros.


Lo que siempre ha defendido es que las plantillas estén correctamente dimensionadas en función de las competencias profesionales de cada colectivo. Ningún servicio sanitario puede funcionar si no existe un grupo de profesionales que cubran cada parte de dicha actividad. Pero tampoco funciona, si existiendo una categoría profesional para un determinado trabajo se cubre con otra categoría, en primer lugar porque su formación no es tan específica y en segundo lugar, porque se desperdician recursos económicos y profesionales.

Noticia completa en Región Murcia.

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  • Comunicado AETR: Acoso de los TER en el Hospital Virgen del Castillo de Yecla (Murcia).
  • 07-10-2015. AETR

miércoles, 7 de octubre de 2015

Nota de prensa: Colegio Oficial de Enfermería Región de Murcia.

Nota de prensa: Colegio Oficial de Enfermería Región de Murcia.


El Colegio se persona en los juicios en defensa de sus colegiadas ante agresiones verbales y acoso laboral sufrido en ciertos hospitales de la Región por parte de Técnicos de Laboratorio y Técnicos de Radiodiagnóstico, quienes buscan sacarlas de sus servicios.

Los Técnicos en Radiodiagnóstico desarrollan una labor meramente complementaria dada su categoría de titulados de formación profesional, no pudiendo hablarse en absoluto de ámbito competencial excluyente frente a las profesiones sanitarias de categoría superior como lo son las enfermeras.

La Ley 44/2003 de Ordenación de las Profesiones Sanitarias dispone: “Los técnicos superiores y técnicos a los que se refiere este artículo ejercerán su actividad profesional sanitaria de acuerdo las normas reguladoras del a formación profesional, de sus distintos niveles formativos y de su concreta titulación, en el marco del respecto a la competencia profesional, responsabilidad y autonomía propias de las profesiones sanitarias contempladas en los artículos 6 y 7 de esta Ley”. o Varias enfermeras denunciadas en hospitales de Yecla y Murcia.

El profesional de enfermería es el único responsable de “cuidar” legalmente hablando, así lo dispone el artículo 7º. 2, a) del Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, y esta función de cuidar incluye la dirección, evaluación y prestación de cada actividad asistencial sobre pacientes, y usuarios. Esta función es exclusiva de la enfermera no atribuida al médico y mucho menos a los Técnicos en Radiodiagnóstico. 
  • Nota de Prensa (PDF).


Información relacionada.
  • Comunicado AETR: Acoso de los TER en el Hospital Virgen del Castillo de Tecla (Murcia).
  • 07-10-2015. AETR.

Comunicado AETR: Acoso de los TER en el Hospital Virgen del Castillo de Yecla (Murcia)

Comunicado AETR: Acoso de los TER en el Hospital Virgen del Castillo de Yecla (Murcia)


07-10-2015. AETR.

Las enfermeras del Hospital Virgen del Castillo de Yecla en Murcia, denuncias a los pocos Técnicos de Radiología que hay en el servicio por “acoso laboral”.

Desde AETR, llevamos reclamando esta situación desde el 2013 y la Consejera de Sanidad de Murcia (Encarna Guillén), ha reconocido que es una situación ilegal y que deben corregir la plantilla. De manera que a lo largo de este año y gracias a la perseverancia de compañeras de dicho hospital y de esta entidad, hemos conseguido la incorporación de 3 TSID, pero parece ser que todavía no se ha enterado ni el Director Gerente del Área V, ni el Director de Enfermería, ni el propio Jefe del Servicio de Radiodiagnóstico, que las radiografías, escáneres, etc y, las sustituciones de las mismas tienen que ser llevadas a cabo por los TSID desde el 1984, año en el que se publicó la Orden Ministerial que regula la profesión de los TSID y, siguen haciéndolo Enfermeras, sin calificación suficiente, lo cual supone un riesgo continuo para los pacientes, no sólo por la falta de la titulación, sino por los escasos conocimientos de los que dispone Enfermería en materia de Protección Radiológica.
  • Comunicado de la AETR (PDF).

Noticia completa en la web de AETR.

Comunicado FESITESS Madrid: Administración de Contrastes y TSID

Comunicado FESITESS Madrid: Administración de Contrastes y TSID


07-10-2015. FESITESS Madrid.

Tras la petición por escrito a la Consejería de Sanidad realizada por CSIF, y la difusión en su web y en prensa sanitaria, en la que solicitan la exclusión de los TSID de los procedimientos de administración de contrastes en la Unidad Central de Radiodiagnóstico (UCR)  y su sustitución por otros profesionales, FESITESS MADRID pidió una reunión urgente con el Director General de RR.HH el viernes 2 de octubre y ésta se produjo esa misma mañana, contando también con la presencia de la Subdirectora de Relaciones Laborales de la Dirección General.

En dicha reunión FESITESS MADRID argumentó y entregó la documentación que demuestra la capacitación de los TSID en Administración de Contrastes, e informó a los responsables de la Consejería que no vamos a tolerar, ni como organización ni como colectivo, que el desconocimiento de unos indocumentados y las acciones que promueven se sitúen por encima de la legislación, con la pretensión añadida de reorganizar los Servicios de Radiodiagnóstico, situación que está afectando también al Hospital de Fuenlabrada. Basta ya de acosar y hostigar a unos profesionales que llevan años demostrando su capacitación y aptitud, ACORDE A LA LEY, en el desempeño de sus funciones.

La documentación aportada, que debería ser conocida Y RESPETADA, tanto por los representantes sindicales como por Responsables de la Administración, Gerentes, Mandos Intermedios y el conjunto de profesionales de los Centros Sanitarios, se ofrece resumida a continuación:
  • (Documentación en la web de FESITESS Madrid).
Ninguna Organización Sindical puede pretender organizar un Servicio en base a los intereses ilícitos de algunos de sus responsables. La potestad organizativa de un Servicio de Radiodiagnóstico corresponde a su Jefe de Servicio y a nadie más. La dependencia funcional del Técnico es del facultativo.

Los Técnicos de la UCR llevan 8 años administrando contrastes SIN NINGÚN PROBLEMA DERIVADO DE SU EJERCICIO PROFESIONAL y realizando un trabajo, junto al resto de profesionales de la UCR, que los ha situado a la cabeza de los Servicios de Imagen para el Diagnóstico del Sistema Nacional de Salud. Lo único que necesitan es que se les deje trabajar en paz y se les proporcionen los recursos necesarios.

Si existe exceso de carga de trabajo y los Técnicos no dan abasto, lo que corresponde es contratar más Técnicos y no pretender quitar funciones a un colectivo profesional como excusa para ocupar puestos de trabajo que corresponden a los Técnicos Superiores en Imagen para el Diagnóstico.

Si cualquier profesional de cualquier categoría se niega a realizar sus funciones o parte de ellas, la normativa vigente ofrece recursos suficientes para corregir esta situación.

El movimiento que ha generado la pretensión de una parte de la enfermería a través de organizaciones sindicales que se llaman “de clase”, “que defienden a todos por igual” es una vergüenza, otra más contra nuestro colectivo, y no tiene parangón. Basta ya del rancio corporativismo de estas organizaciones y basta ya del acoso contra nuestro colectivo. Más le valdría a estas organizaciones dedicar la mitad del esfuerzo que han dedicado en este asunto a ayudar a optimizar los Recursos Humanos en TODOS los Centros Sanitarios y que los efectivos de los que dispone el SERMAS realicen sus funciones de acuerdo a la legislación vigente.
 
DESDE FESITESS MADRID se van a iniciar acciones legales contra todos aquellos que ordenan y promueven actuaciones que impiden el desempeño efectivo de nuestra actividad profesional como Técnicos Superiores Sanitarios.

Noticia completa en FESITESS Madrid.

martes, 23 de junio de 2015

En urgencias de Radiología del Infantil no hay enfermeras de noche

En urgencias de Radiología del Infantil no hay enfermeras de noche

22-06-2015. ABC (Sevilla).

El servicio de Radiología del hospital Infantil del Virgen del Rocío no tiene de noche enfermeras en la zona de urgencias porque no se han cubierto las jubilaciones y sólo quedan técnicos de rayos, «por lo que la asistencia no está garantizada».

Reyes Zabala, secretaria provincial en Sevilla del sindicato de Enfermería Satse, afirma que, cuando hace falta una enfermera, se llama a quien esté de retén, por lo que el problema no se soluciona porque ese profesional, si se requiere de otro servicio, no estará disponible.

Explica que en esa zona de radiodiagnósticono se hacen solo simples radiografías a los niños sino también resonancias magnéticas y TAC, entre otras pruebas, que necesitan de la asistencia de un enfermero.

«Cuando se trata de un TAC, por ejemplo, hay que administrar materiales de contraste; un niño puede perder la conciencia o llegar con una fractura porque lo ha cogido un coche. A lo mejor se tiene que canalizar una vía, hacer una resucitación cardiopulmonar avanzada o administrar un medicamento de urgencia. Es decir, puede originarse multitud de situaciones que deben ser atendidas por un enfermero o enfermera», sostiene Zabala.


Noticia completa en ABC (Sevilla).

miércoles, 4 de febrero de 2015

AETR defiende al colectivo de los TSID frente a una nueva demanda del Colegio de Enfermería por inyección de contrastes en la Rioja

AETR defiende al colectivo de los TSID frente a una nueva demanda del Colegio de Enfermería por inyección de contrastes en la Rioja

03-02-2015. AETR.

El Colegio de Enfermería de la Rioja ha demandado al colectivo de los técnicos (Servicio Riojano de Salud) por realizar procedimientos de veno-punción y administración de contrastes para la realización de pruebas diagnósticas.

Más información (PDF).


martes, 28 de mayo de 2013

El Colegio de Enfermería de Alicante alerta de un curso ilegal promovido por Fesitess

El Colegio de Enfermería de Alicante alerta de un curso ilegal promovido por Fesitess
  • Asegura que la formación que impartirá corresponde a tareas exclusivas de los enfermeros.
27-05-2013. Redacción Médica.

El Colegio de Enfermería de Alicante ha pedido la suspensión de un curso de venopunción y administración de contrastes organizado por la Federación Sindical de Técnicos Superiores Sanitarios (Fesitess) que está programado para principios de junio en un centro municipal de Alicante y que cuenta con una acreditación de 5,7 créditos por parte de la Comisión de Formación Continuada de la Dirección General de Calidad, Investigación y Gestión del Conocimiento.

Una petición de suspensión que viene motivada por el hecho de que dicho curso incluye entre las materias a impartir únicamente funciones propias de Enfermería como la preparación del paciente en la fase de pre-extracción, la obtención de sangre venosa, arterial y capilar y el uso de contrastes. Funciones que la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS) atribuye al personal de Enfermería y que diferentes fallos judiciales de instancias como el Tribunal Supremo se han encargado de confirmar y ratificar.

De este modo, se ha puesto en conocimiento de Fesitess la obligación de acatar las sentencias y normativa que sólo capacitan a Enfermería para realizar dichas funciones, añadiendo que un curso de estas características no puede ir dirigido a personal que carece de las competencias necesarias y conocimientos profesionales requeridos legalmente para efectuar las citadas técnicas. Añadiendo a ello además que se les advierte de esto por la posibilidad de fraude para los supuestos destinatarios atentando a su buena fe, pidiendo por todo ello la suspensión del curso.

Por otro lado, desde el Colegio se ha puesto en conocimiento de la Concejalía de Sanidad que el desarrollo del curso en los locales municipales podía suponer una trasgresión de la legalidad vigente e incumplimiento de las decisiones judiciales referidas anteriormente. Además, se ha remitido un escrito al Ministerio de Sanidad para que confirme si existe la citada acreditación de la Comisión de Formación Continuada de la Dirección General de Calidad, Investigación y Gestión del Conocimiento y para que confirme si la misma coincide con los datos de su solicitud en cuanto a que concordasen con el programa que se pretende impartir para, a tenor de ello, adoptar las medidas oportunas de haber extralimitación por parte de los organizadores.



Información relacionada.

Un curso enfrenta a enfermeros y técnicos.
28-05-2013. Información.



Información sobre Administración de Contrastes.

Sentencia faborable sobre la Administración de contrastes por parte de los TER/TSID.
TSJ de Vitoria-Gastéiz. Sentencia de la AETR en PDF.
Información en: Radiologicaldream.