AETR: Sentencia Favorable en Zaragoza
El Juzgado contencioso-administrativo nº 5 de Zaragoza ha dictado sentencia favorable a la demanda que AETR interpuso por prestación irregular de servicios de un grupo de enfermeros, en unidades de radiología del Servicio Aragonés de Salud.
El fallo de la sentencia clarifica al personal de enfermería que la
Licencia de Operador no sustituye al título de técnico y el hecho de tener esta licencia no les cualifica para operar con equipos emisores de radiaciones.
Esta situación tiene una aplicación práctica inmediata en el puesto de trabajo en cuanto a que deberá ser un técnico quien se ocupe de estas funciones.
AETR ha obtenido algunas sentencias anteriores favorables en el mismo sentido y por ello consideramos que
los centros sanitarios y los servicios de salud no deberían continuar esta situación puesto que una y otra vez, los jueces nos dan la razón. Esperamos no tener que seguir con esta guerra y que a la administración sanitaria le quede claro que esta licencia SÓLO ACREDITA CONOCIMIENTOS EN PROTECCIÓN RADIOLÓGICA Y NO EN TÉCNICA APLICADA.
Según los datos que tenemos a fecha de hoy, tanto los demandados como el servicio de salud han recurrido la sentencia por lo que aún no es firme, les informaremos a medida que vayamos teniendo notificaciones.
DESDE AETR damos las gracias y la enhorabuena a todos los compañeros que se desplazaron al juzgado para apoyar esta demanda.